Noticia

10-07-2020  Subvenciones en Materia de Escuela Matutina para el Curso 2020-2021

Anuncio del Ayuntamiento de Alcàsser sobre extracto de la resolución de Alcaldía núm. 2020-0321, de fecha 19 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones en materia de escuela matutina para el curso 2020-2021, por el procedimiento de concurrencia competitiva. BDNS (Identif.): 512927. ANUNCIO De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Las personas solicitantes y beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos: a) AMPAS debidamente constituídas de los colegios sitos en Alcásser. b) No recibir ninguna otra ayuda pública por el mismo concepto si su importe, sumado al de las ayudas reguladas en esta convocatoria, superan el coste de la ayuda a percibir. d) Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en los plazos establecidos en esta convocatoria. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos comportará la no admisión de la solicitud o la revocación de la ayuda, con correlativo reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas indebidamente, previa audiencia, en todo caso, de las personas interesadas.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por finalidad facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar bajo el principio de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad de oportunidades y no discriminación, así como mejorar la eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: Realización de una escola matinera fuera del horario escolar entre las 6´30 horas y las 9´00 horas de lunes a viernes. Curso escolar 2020-2021 El importe de la subvención será de 1´25 euros alumno/día asistencia.

Tercero. Bases Reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la ordenanza reguladora de concesión de subvenciones a AMPAS colegios d´Alcásser por actividad de Escola Matutina, aprobada en fecha 24/01/2006, y publicada inicialmente en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de fecha 04/02/2006, y su texto definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de fecha 28/03/2006.

Cuarto. Cuantía de la Ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 3260-48900, y la cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 8.000 €.

Quinto. Plazo de Presentación de Solicitudes.

Las solicitudes se formularán mediante instancia general. Se dirigirán a la Sra Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros Datos.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes - Solicitud según instancia general. - Memoria de realización de la escola matinera, incluyendo previsión de asistencia. - Contrato con la empresa o personal para llevar a términos el servicios.

Declaración responsable. Alcàsser, 28 de junio de 2020.—La alcaldesa, Eva Isabel Zamora Chanzá

Volver